lunes, 13 de agosto de 2012

Resarcimiento para las víctimas de diciembre de 2001

El proyecto de ley que establece un resarcimiento económico para las víctimas de la represión durante las jornadas de protesta está en camino de ser aprobado en la próxima sesión de la Cámara de Diputados.

Tras haber obtenido en la última semana dictamen favorable de la comisión de Presupuesto y Hacienda, la iniciativa del diputado kirchnerista Remo Carlotto, quedó en condiciones de ser tratada por el plenario del cuerpo.

Como paso previo al visto bueno de la comisión de Presupuesto, el proyecto había conseguido dictamen en las comisiones de Justicia y de Derechos Humanos –cabecera en el estudio del tema.

Los días 19, 20 y 21 de diciembre del 2001 se sucedieron violentos hechos de represión, ejercida desde el Estado, sobre movilizaciones y protestas que sucedían en diferentes puntos del  país.

Uno de los desencadenantes de la represión efectuada fue el estado de sitio dictado por el presidente Fernando De la Rúa mediante cadena nacional en la tarde del 19 de diciembre, y publicado en el Boletín Oficial, mediante decreto, un día después.

En los fundamentos de ese decreto se expresaba que el Congreso de la Nación se encontraba en receso, aunque en realidad ese miércoles 19, horas antes del anuncio del estado de sitio, tanto Diputados, como el Senado habían sesionado.

Diversas filmaciones televisivas, que también serán instrumento de prueba para el otorgamiento de los resarcimientos, quedaron como registro de la brutal represión por parte de las fuerzas policiales a cargo del entonces secretario de Seguridad Interior de la Alianza, Enrique Mathov, y del ex jefe de la Policía Federal, Rubén Santos.

El proyecto que llegará al recinto de la Cámara baja apunta a la reparación económica de los familiares de las 36 víctimas fatales y de los cientos de heridos en aquellas jornadas.

En diálogo con Télam, Carlotto recordó que tomó la iniciativa “de un proyecto presentado en 2003 por el diputado socialista Eduardo Di Pollina, quien en el 2005 terminaba su mandato”.

“Este proyecto llega para reparar, como una de las medidas del Estado para con las víctimas que el Estado provocó. Ante un daño del Estado, es un acto de reparación necesario”, aseveró.

En este sentido agregó que “no sólo se atienden las consecuencias económicas que tuvieron víctimas, sino que se avanza en un carácter más integral que contemple la atención psicológica y médica”.

Por su parte, Claudio Lozano, de Unidad Popular en el Frente Amplio Progresista, dijo sobre el proyecto que “el resarcimiento a las víctimas del 19 y 20 de diciembre del 2001 es un acto de justicia para con quienes con su vida y con sus cuerpos parieron la posibilidad de un nuevo tiempo político en la Argentina”.

Según el proyecto, la indemnización a las víctimas comprenderá los casos de muerte; lesiones gravísimas y lesiones graves y a los efectos de la acreditación del carácter de víctima de la represión se admitirá cualquier medio de prueba.

El texto agrega que, en el caso de muerte de la víctima, serán beneficiarios del resarcimiento económico sus derechohabientes; y que también serán beneficiarios los que hayan vivido en unión de hecho por lo menos dos años anteriores al fallecimiento.

El resarcimiento económico obtenido por la presente ley es incompatible con cualquier acción judicial por daños y perjuicios planteada por los beneficiarios.

Se establece que la solicitud del resarcimiento económico se hará ante la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, que reviste el carácter de Autoridad de Aplicación de la norma.

En relación a los montos, prevé un monto equivalente a 100 veces la remuneración mensual de los agentes Nivel A, Grado 8, del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa por la totalidad de los rubros que integran el salario del agente sujeto a aportes jubilatorios.

Para las víctimas con lesiones gravísimas, prevé un monto equivalente a 30 veces esa remuneración y para los lesionados graves, un monto equivalente a 20 veces esa remuneración
.
Además, aclara que dichas sumas no comprenden los montos necesarios para afrontar eventuales gastos de internación, operación y recuperación, los que deberán ser erogados por el Estado Nacional en su totalidad.

Fuente: Noticias Congreso Nacional 

No hay comentarios:

Publicar un comentario